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Hoy se ha publicado en el Diario oficial de la Comunidad Valenciana el DECRETO 201/2015, de 29 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Plan de Acción Territorial sobre Prevención del Riesgo de Inundación en la Comunitat Valenciana, PATRICOVA. A pesar de su reciente publicación, es un documento de referencia para la elaboración de estudios de inundabilidad desde hace ya unos 2 años,  fecha en la cual se elaboró dicho plan.

Los principales objetivos que se plantean en la revisión del PATRICOVA son:

1. Mejora del conocimiento y evaluación del riesgo

Como ya comentamos en un post anterior, el nuevo plan incorpora un nuevo modelo de peligrosidad de naturaleza geomorfológica que, en el contexto de la Comunidad Valenciana, puede tener una influencia muy importante. Las diversas morfologías fluviales, zonas aluviales y torrenciales de formación más reciente, son fundamentales para la determinación previa del grado de peligrosidad que presentan los terrenos.

Por lo tanto, a los niveles de peligrosidad ya establecidos en función de los periodos de recurrencia (25, 100 y 500 años)  y calado (superior o inferior a 80 cm), se le suma este nuevo modelo de peligrosidad. Otra de las novedades que incluye esta revisión con respecto a los calados de agua para la determinación de los niveles de peligrosidad, es que se han descargado los calados inferiores a 15 cm por su  escasa relevancia territorial. Estos calados se aplican a los niveles 3, 4  y 6.

2. Cooperación administrativa

El segundo objetivo esta relacionado con la coordinación de todas las administraciones públicas, ya que el PATRICOVA no se trata de un plan aislado, es complementario a las cartografías y planes desarrollados por las demarcaciones hidrográficas correspondientes.

La Comunidad Valencia esta abarcada por tres demarcaciones hidrográficas: Confederación Hidrográfica del Júcar con un 91,24% de la superficie; la Confederación Hidrográfica del Segura  con un 5,23% y la C.H. del Ebro con un 3,53%.  Por lo tanto, para que un estudio de inundabilidad pueda ser aprobado por la conselleria competente en materia de ordenación del territorio, necesitará  un Informe previo del organismo de cuenca competente.

Además, en los estudios de inundabilidad se consultarán y analizarán  todas las cartografías de riesgo publicadas como el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables (SCNZI) del Ministerio de Medio Ambiente y otras cartografías complementarias.

3. Reducción de cargas burocráticas y procedimiento

Entre 2003 y 2014 se tramitaron 1.600 expedientes: un 20% correspondiente a Estudios de Inundabilidad y un 80% correspondientes a Informes de Riesgos; por lo que, el tercer objetivo tiene que ver con la reducción de los períodos de tramitación de los informes y estudios de inundabilidad. En el artículo 13 de la revisión del PATRICOVA se establece como objetivo un plazo máximo de tres meses para resolver los expedientes de estudios de inundabilidad, considerando también un plazo máximo de 45 días para la emisión del informe preceptivo y determinante del organismo de cuenca.

4. Ordenación preventiva de los usos del suelo

El cuarto objetivo va orientado a la ordenación de usos y planificación urbanística, siendo el objetivo último orientar los desarrollos urbanísticos hacia áreas no inundables o, en su caso, áreas con mejor riesgo de inundación siempre que sea compatible un asentamiento. Se clasificará como Suelo No Urbanizable de especial protección el Dominio Público Hidráulico y las zonas de peligrosidad de inundación de nivel 1 y se establecerán otras limitaciones de uso en zonas inundables en función de la clasificación urbanística.

Fuente: www.magrama.gob.es

5. Gestión de la inundabilidad en la Infraestructura Verde

Por último, el quinto objetivo deriva de la consideración del sistema territorial denominado Infraestructura Verde como el elemento crucial de la planificación territorial y la política del paisaje en la Comunidad Valenciana. Formarán parte de la Infraestructura Verde las zonas de peligrosidad de inundación de grado 1 a 6 y, se valorará en cada caso particular, la inclusión de las zonas de riesgo geomorfológico.

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